7 junio, 2017

EL PRINCIPIO DE LA MAYORÍA EN LA DEMOCRACIA: Benjamín Guerrero Montalvo|

 

EL PRINCIPIO DE LA MAYORÍA EN LA DEMOCRACIA

Por Benjamín Guerrero Montalvo|
Abogado y licenciado en ciencias políticas y administración pública.

A lo largo de las últimas cuatro décadas nuestro país transitó de un sistema político autoritario, caracterizado por Daniel Cosío Villegas como una dictadura sexenal absolutista en línea transversal, el cual giraba en torno a la figura del presidente, quien gozaba de amplias facultades constitucionales y meta-constitucionales, incluida la de designar al candidato de su partido que, sin duda, lo sucedería en el cargo.

Aunado a lo anterior, dicho sistema se caracterizó también por ser de libertades acotadas y por la existencia de un partido hegemónico prácticamente invencible, al grado que es punto generalmente aceptado por los estudiosos de la materia, que por lo menos hasta el año de 1988, las elecciones fueran solo un rito y en su caso una simulación para legitimar las decisiones del aparato gubernamental, lo cual explica que el día más importante en relación con la transmisión del poder presidencial, no era el día de las elecciones sino el día en que se daba a conocer al candidato del partido hegemónico, ya que se daba por descontado que él sería el próximo presidente de la República.

Luego de décadas de reformas políticas y electorales sucesivas, actualmente nuestro régimen político, entendido como aquella parte del sistema político que se encuentra relacionado con los procesos de acceso, distribución y transmisión del poder, se encuentra transformado en una democracia que supera todas las pruebas y comparaciones de estándares internacionales. Esto es así porque en la democracia representativa de nuestros días se ejerce la soberanía popular al verificarse la capacidad del pueblo para elegir a quienes van a ostentar la titularidad y el ejercicio del poder público, en los órganos de gobierno.

En este sentido, es del todo conveniente tener siempre en cuenta que el mecanismo de la democracia electoral, construido para hacer posible el ejercicio de la soberanía popular a través de la elección de los titulares de los órganos de gobierno, en un contexto de ejercicio de las libertades de expresión, asociación, crítica y tránsito, por mencionar algunas, actualmente cuenta entre sus características más sobresalientes con las siguientes:

1.- Independencia y ciudadanización de los órganos electorales. A diferencia de hace 25 años, actualmente los órganos encargados de organizar y vigilar las elecciones, desde el consejo general hasta las mesas directivas de casilla, donde se cuentan los votos y se elaboran las actas de la elección, están integrados por ciudadanos que no son empleados de ninguno de los tres órdenes de gobierno y cuentan con independencia.

2.- Lista nominal electoral confiable. Esto es, la lista de todos los ciudadanos con derecho a votar el día de la elección, a partir de las leyes vigentes, en verdad refleja a los ciudadanos realmente existentes.

3.- Credencial de elector con fotografía, con lo que se evita que algunas personas pudieran votar por otras, o que la misma persona pudiera votar más de una vez.

4.- Vigilancia del proceso electoral. Con esta, lo que se garantiza es que durante el proceso electoral no puedan tener lugar irregularidades que alteren el resultado. Para este fin, los partidos nombran representantes ante los órganos electorales y en cada casilla electoral, que supervisan de cerca todo el proceso y están presentes durante el conteo final y el levantamiento del acta de cómputo de los votos.

5.- Un Tribunal Electoral Federal y los correspondientes a cada entidad federativa, ante los cuales los partidos y ciudadanos que consideren haber sido lesionados en sus derechos político electorales, pueden interponer recursos que consideren procedentes con el fin de acceder a una justa aplicación de la ley.

La lista de características que garantizan la autenticidad y certeza del voto y las elecciones como mecanismo para la integración de los poderes públicos con el nuevo sistema electoral mexicano es enorme, y por razones de espacio no puede plasmarse en este trabajo, lo que sí debe decirse es que se trata de una materia sobrerregulada, que ha resultado en un sistema más que barroco, completamente churriguresco que es una suerte de barroco recargado.

Esto es así por el cúmulo de leyes y reglamentos que norman la materia entre los cuales se debe mencionar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los varios Tratados Internacionales de los que México es parte, la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, la Ley General del sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Federal de Consulta Popular, la Ley General de Delitos Electorales, además de una suma de Reglamentos y Acuerdos y; para el caso de las elecciones estatales deben agregarse la Constitución local y la Ley electoral propias de cada entidad federativa.

Sin embargo, con todo y las nuevas características del régimen político, que suscitan el reconocimiento internacional y han hecho posible la alternancia en los gobiernos federal y de la mayoría de las entidades federativas y municipios, ocurre que cuando los resultados de las elecciones no les favorecen a algunas fracciones y/o partidos políticos y/o candidatos perdedores, desconocen los resultados de las elecciones como si nada hubiera ocurrido durante los últimos 25 años.

Al desconocer la validez de una elección solamente cuando los resultados no los favorecen, quienes asumen esa posición desconocen uno de los principios y valores fundamentales de cualquier régimen democrático y, por lo tanto, niegan también la democracia de la que se benefician. Esto es así porque la democracia se fundamenta precisamente en el principio de la mayoría, donde, para decirlo de la manera más clara posible, el partido político o coalición y candidato que obtienen la mayoría de votos, resultan triunfadores en la contienda y el resto de los contendientes resultan derrotados.

Las experiencias de las elecciones presidenciales de 2006 y de 2012, así como la evidencia empírica, aunadas a las amenazas veladas de desconocer los resultados de las elecciones a menos que sean favorables, aun cuando previamente se haya manifestado el compromiso de acatar los resultados -fueran cuales fueren-, acredita un déficit del régimen político y electoral que puede definirse como un intrínseco rechazo a la democracia por parte de algunos actores, cuando la voluntad de los electores no favorece y mandar al diablo a las instituciones que son de todos los mexicanos, se traduce en un déficit de reconocimiento de la derrota.

Con esa pauta de comportamiento, se ataca a la democracia, a sus principios y valores, como el principio de la mayoría y el valor de la legalidad, por lo que desde luego debe evaluarse la posibilidad de preverla y perseguirla como un delito, por atacar deliberadamente las instituciones del Estado mexicano, porque lo que se pone en juego al desconocer el principio de la mayoría y la legalidad, como elementos definitorios de los resultados electorales, no es solamente la persona que habrá de ocupar el cargo en disputa electoral, sino un sistema que a los mexicanos como sociedad nos ha tomada al menos cuatro décadas construir y una enorme cantidad de recursos de todo tipo para sostenerlo y hacer vigente la democracia con estabilidad política y económica, que hoy por hoy, tiene como uno de sus mayores retos que los perdedores en una contienda reconozcan y acepten la derrota.

 

*LICENCIADO EN DERECHO Y EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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